Gestión de la CAME ante la AFIP
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) – a través de la RG Nº 3377 – estableció que los contribuyentes que realicen operaciones de venta de bienes muebles, locaciones o prestaciones de servicios con consumidores finales y que estén obligados a exhibir el Formulario 960 “Exija su Factura” – incluidos los monotributistas – deberán sustituirlo por el Formulario 960/MN – “Data Fiscal”.
Dicho Formulario tendrá impreso un código de respuesta rápida (QR) que permitirá al público en general acceder – por medio de un dispositivo móvil (teléfono, notebook, netbook, tableta, otro) que tenga cámara y acceso a Internet – a determinados datos fiscales del contribuyente y, en caso de detectar alguna irregularidad, reportarla a la AFIP.
Dada la gran preocupación ante los hechos de inseguridad que se viven actualmente y la posibilidad de que la información sea utilizada por delincuentes o inescrupulosos para realizar actos delictivos, la CAME presentó una carta al titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, solicitando reducir la información a ser trasmitida por ese dispositivo o bien que se establezca algún mecanismo de control que impida el acceso a la misma