Próximos Feriados Nacionales y Días No Laborables

Comunicado de Prensa:
Próximos Feriados Nacionales y Días No Laborables:
Diciembre
• Lunes 24 de Diciembre – Día No Laborable con Fines Turísticos (Dcto. 923/2017)

• Martes 25 de Diciembre – Feriado Nacional – Navidad

• Lunes 31 de Diciembre – Día No Laborable con Fines Turísticos (Dcto. 923/2017)

Enero
• Martes 1ro. de Enero de 2019 – Feriado Nacional

Aclaración importante sobre los Días No Laborables con fines turísticos / Año 2018
Por el decreto de referencia se establecen los días no laborables con fines turísticos para el presente año, los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre.

Un detalle importante es que “día no laborable” no equivale a “feriado”. A diferencia de un feriado, en los días “no laborables” los empleadores tienen la potestad para decidir si sus empleados trabajan o no, y quienes trabajan no tienen derecho a percibir un plus salarial

A fines del año pasado, el gobierno nacional restableció por decreto los “feriados puente” para 2018 y 2019, en virtud de una ley que había sido impulsada por Maurice Closs y aprobada en el Congreso. La medida oficial permite fijar anualmente hasta tres días no laborables con el fin de incentivar el turismo. Esas jornadas deben ser lunes o viernes.

Para 2018 se definió como días no laborables el 30 de abril y el 24 y 31 de diciembre. Pero atención: esto no regirá para todos.

Al ser la primera vez que se aplica este mecanismo, se originó una polémica en el sector privado: ¿cuál es la diferencia entre día no laborable y feriado?
El feriado funciona como un día franco para todos los trabajadores. En caso de que igualmente sean citados a prestar servicios, deben tener –según el convenio correspondiente a cada actividad– una bonificación en el jornal.

En cambio, en los días no laborables es potestad de la empresa convocar a sus empleados o darles el día libre.
Los próximos lunes 24 y 31 de diciembre serán días no laborables y cada compañía tiene entonces la potestad de definir si le da asueto o no a sus trabajadores. En este caso, la ley no establece una bonificación especial para quienes sean convocados a trabajar.

Como en todo día no laborable, no habrá actividad en la administración pública, por lo que los estatales tendrán la jornada libre. Tampoco se dictarán clases en escuelas y universidades.